La deducción depende de tu régimen, no del ticket
Un mismo ticket puede ser deducible para una persona y no para otra. La gasolina de una consultora que visita clientes es un gasto de su actividad; la misma gasolina para un empleado que va a la oficina no se deduce. Lo que no cambia es el requisito de fondo: para que un gasto cuente ante el SAT necesitas el CFDI a tu RFC, no el ticket, como explicamos en ticket vs factura.
Si eres asalariado: solo deducciones personales
Quien tributa únicamente por sueldos y salarios no deduce gastos del trabajo ni del día a día: ni gasolina, ni comidas, ni ropa ni celular. Lo que aplica en su declaración anual son las deducciones personales del artículo 151 de la Ley del ISR y el estímulo por colegiaturas. Casi todas deben pagarse por medios electrónicos y tienen un tope anual (en general, el menor entre el 15 % de tus ingresos y cinco UMA anuales; algunas tienen su propio límite).
- Honorarios médicos, dentales, de psicología y nutrición, y gastos hospitalarios.
- Lentes ópticos graduados (hasta un tope), aparatos para rehabilitación y gastos por incapacidad o discapacidad.
- Gastos funerarios.
- Intereses reales de créditos hipotecarios para casa habitación.
- Primas de seguros de gastos médicos.
- Aportaciones voluntarias al retiro.
- Transporte escolar obligatorio y colegiaturas, con topes por nivel educativo.
- Donativos a donatarias autorizadas.
Si tienes actividad empresarial, honorarios o una empresa: gastos de la actividad
Las personas físicas con actividad empresarial o profesional y las personas morales deducen los gastos estrictamente indispensables para generar sus ingresos. Con facturas de tickets, los más comunes son gasolina y mantenimiento del vehículo de trabajo, papelería, software y suscripciones, estacionamientos, mensajería, farmacia para el botiquín, viáticos en viajes de trabajo (comida, hospedaje y transporte, con límites) y consumos en restaurantes, de los que solo se deduce el 8.5 % (LISR, artículo 28, fracción XX) y únicamente si se pagaron con tarjeta o monedero.
Para que cuenten, cada gasto necesita el CFDI a tu RFC con el uso de CFDI correcto (normalmente G03, Gastos en general), estar registrado en tu contabilidad y haberse pagado por medios electrónicos cuando pasa de $2,000 pesos; en gasolina, siempre, sin importar el monto. El IVA solo se acredita si viene desglosado en ese CFDI. Lo detallamos en cómo deducir la gasolina y en el uso de CFDI G03.
En RESICO: depende de si eres persona física o moral
En el Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas, el ISR se calcula con una tasa sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin restar deducciones, así que las facturas de tus gastos no bajan tu ISR. Aun así conviene pedirlas: sirven para acreditar el IVA y para comprobar el gasto. Las personas morales en RESICO sí deducen sus gastos e inversiones, con base en lo efectivamente pagado y con los mismos requisitos de CFDI y forma de pago.
Resumen por régimen
| Régimen | Qué puedes deducir | Requisitos y notas |
|---|---|---|
| Sueldos y salarios | Solo deducciones personales: médicos, funerarios, hipoteca, seguros médicos, colegiaturas, donativos | En la declaración anual, con pago electrónico y tope global. Gasolina, comidas y papelería no entran. Consulta con tu contador. |
| Actividad empresarial y profesional (personas físicas) | Gastos e inversiones estrictamente indispensables: gasolina, papelería, software, viáticos, renta, honorarios, restaurantes al 8.5 % | CFDI a tu RFC, contabilidad y pago electrónico arriba de $2,000 (en gasolina, siempre). Consulta con tu contador. |
| RESICO personas físicas | Para ISR, ninguna: la tasa se aplica a los ingresos | El CFDI sí sirve para acreditar IVA y comprobar gastos. Consulta con tu contador. |
| RESICO personas morales | Gastos e inversiones de la actividad | Con base en lo efectivamente pagado; mismos requisitos de CFDI y forma de pago. Consulta con tu contador. |
| Personas morales (régimen general) | Gastos e inversiones estrictamente indispensables | Mismos requisitos; límites en viáticos, automóviles y restaurantes. Consulta con tu contador. |
| Arrendamiento | Gastos del inmueble (predial, mantenimiento, intereses) o la deducción opcional del 35 % más el predial | Los gastos de tu vida diaria no se deducen aquí. Consulta con tu contador. |
Cómo lo hace Sendi
Sendi no decide qué deduces: consigue el CFDI de cada ticket, que es el requisito común a todos los regímenes. Mandas la foto por WhatsApp, confirmas en el chat el uso de CFDI y la forma de pago, y Sendi solicita la factura en el portal del comercio con tu RFC y te entrega el XML y el PDF por WhatsApp y/o correo. Cada gasto queda en tu portal app.sendi.mx con su foto, su XML y su PDF.
Para tu contador, el portal exporta reportes en CSV y ZIP, y, según el plan, una cuenta puede tener varios RFC y varios usuarios que mandan tickets desde su propio WhatsApp. Si un ticket no se puede facturar, Sendi te avisa con el motivo y esa factura no se descuenta. Más en Sendi para contadores, en precios y en las demás guías.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir mis tickets si soy asalariado?
¿En RESICO puedo deducir mis gastos?
¿Los consumos en restaurantes son deducibles?
¿Sendi da asesoría fiscal?
Consigue el CFDI de cada ticket, en cualquier régimen
Qué deducir lo define tu contador; la factura la consigue Sendi. Manda la foto por WhatsApp y recibe el XML y el PDF. Si una factura no se consigue, no se descuenta.
Probar gratis por WhatsApp 5 facturas gratis · Sin tarjeta · Sin app, solo WhatsApp